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El 15 de junio de 2017: Fin de las tarifas de itinerancia en la UE

Fin de las tarifas de itinerancia en la UE: declaración conjunta de tres instituciones de la UE

Fotografía: Comisión Europea

Desde hoy 15 de junio de 2017, las tarifas de itinerancia dejarán de aplicarse en la Unión Europea. El Presidente del Parlamento Europeo, Antonio Tajani, el Primer ministro de Malta, Joseph Muscat, en nombre de la Presidencia maltesa del Consejo de la Unión Europea y el Presidente de la Comisión Europea, Jean-ClaudeJuncker, han presentado la siguiente declaración:

«La Unión Europea tiene como finalidad unir a los ciudadanos y facilitar sus vidas. El final de las tarifas de itinerancia es una auténtica historia europea de éxito.

De ahora en adelante, los ciudadanos que se desplacen por la Unión podrán realizar llamadas, enviar mensajes de texto y conectarse con sus dispositivos móviles al mismo precio que en su país de origen. La eliminación de las tarifas de itinerancia es uno de los logros más grandes y tangibles de la UE.

Fotografía: Comisión Europea

En los últimos diez años, nuestras instituciones han colaborado intensamente para reparar esta deficiencia del mercado. Cada vez que un ciudadano europeo cruzaba una frontera de la Unión, bien fuera por vacaciones, trabajo, estudios o solo por un día, surgía la preocupación del uso del teléfono móvil y de la abultada factura que se encontraba a su regreso a causa de las tarifas de itinerancia. Estas tarifas serán desde ahora una cosa del pasado. A partir de mañana, se podrá estar conectado mientras se viaja por la Unión al mismo precio que en el país de origen.

Fotografía: Comisión Europea

Se ha empleado mucho tiempo y han intervenido muchos interesados. Gracias a una colaboración estrecha, la Unión Europea ha obtenido un resultado concreto y positivo para los ciudadanos europeos. Estamos orgullosos de que la UE haya puesto fin a los precios muy elevados de la itinerancia y damos las gracias a quienes han mostrado la determinación de superar los numerosos obstáculos y perseguir este objetivo.

Al mismo tiempo, la Unión ha logrado encontrar el justo equilibrio entre la supresión de las tarifas de itinerancia y la necesidad de que los paquetes de telefonía móvil nacionales sigan siendo competitivos y atractivos. Los operadores han tenido dos años para prepararse para la supresión de las tarifas de itinerancia, y confiamos en que aprovecharán las oportunidades que las nuevas normas brindan a sus clientes.

Fotografía: Comisión Europea

El final de las tarifas de itinerancia es la base del mercado único digital de la UE y es otro paso hacia la construcción de una sociedad digital europea unida y sostenible, al alcance de todos nuestros ciudadanos.

 

Para más información

Preguntas y respuestas frecuentes

Ficha informativa general sobre el final de las tarifas de itinerancia

Ficha informativa detallada: ¿Cómo funciona?

 

El 15 de junio de 2017: Fin de las tarifas de itinerancia en la UE

Las normas de la UE sobre el roaming sin recargos (“roam like at home” o ” itinerancia como en casa”) permiten utilizar los dispositivos en el extranjero, en cualquier país de la UE sin pagar recargos adicionales por los servicios de roaming.

Fotografía: Martínezld

Estas normas se aplican a las llamadas a teléfonos móviles y fijos, al envío de mensajes de texto (SMS) y a la utilización de servicios de datos en el extranjero.

Cuando utilices estos servicios mientras estés de viaje dentro de la UE, pagarás exactamente el mismo precio que en tu país. En la práctica, tu operador simplemente adeudará o sustraerá tu consumo de roaming de los volúmenes de consumo de tu plan de tarifas nacionales móviles o paquete.

Si tienes un contrato con un operador de telefonía móvil que incluye servicios de roaming, se considerará automáticamente un contrato de roaming con tarifa nacional. Todos los nuevos contratos de telefonía móvil con servicios de roaming deberán aplicar la “itinerancia como en casa”.

Condiciones

El roaming sin recargos está pensado para las personas que viajan ocasionalmente al extranjero o que tienen en otro país vínculos estables (trabajo, estudio, etc.). No está concebido para utilizarse en casos de itinerancia permanente. Para poder disfrutar del roaming con tarifa nacional cuando viajes a un país de la UE, debes pasar más tiempo o utilizar más tu teléfono móvil en tu país que en el extranjero. Esto es lo que se considera una “utilización razonable de los servicios de roaming”.

Fotografía: Martínezld

Si usas el teléfono móvil en el extranjero de forma permanente, tu operador de telefonía móvil puede aplicarte recargos por el roaming. No obstante, esos recargos tienen un límite (véase más abajo la política de utilización razonable).

Cuando cruces una frontera dentro de la UE, seguirás recibiendo un mensaje de texto de tu operador para informarte de que te encuentras en itinerancia y recordarte su política de utilización razonable.

Política de utilización razonable

Los operadores de telefonía móvil pueden aplicar la denominada “política de utilización razonable” para garantizar que todos los clientes tengan acceso y puedan beneficiarse de las normas de la “itinerancia como en casa” (servicios de roaming reglamentados, con tarifa nacional, sin recargos) cuando viajen dentro de la UE. Los operadores pueden aplicar condiciones justas y razonables y mecanismos de control proporcionados para evitar el uso abusivo de estas normas.

Política de utilización razonable y límites de datos

Gracias al roaming sin recargos, no hay restricciones de volumen para las llamadas de voz y los mensajes, pero sí hay normas y límites de utilización de datos con tarifa nacional según el tipo de contrato que hayas suscrito.

En algunos casos específicos (véase más abajo), a partir de un volumen razonablemente elevado de datos en roaming con tarifa nacional, es posible que tengas que abonar un recargo igual al límite máximo de las tarifas mayoristas de los datos (a escala de la UE) (7,70 euros/GB de datos en 2017, más IVA). El precio mayorista del roaming es el importe máximo que tu operador nacional debe pagar a un operador extranjero cuando utilices servicios de datos en itinerancia.

Límites de datos: paquetes nacionales con datos ilimitados

Si tienes un contrato con una tarifa mensual fija que incluye un paquete con datos ilimitados, tu operador debe ofrecerte un gran volumen de datos en roaming sin recargo. La cantidad exacta dependerá del precio del paquete. El volumen de datos en roaming debe ser, como mínimo, el doble del volumen que se obtiene dividiendo el precio de tu paquete de telefonía móvil (sin IVA) entre el límite máximo de los precios mayoristas de los datos en roaming (7,70 euros en 2017).

Por ejemplo: si pagas 40 euros (sin IVA) por un paquete con volumen ilimitado de llamadas, SMS y datos, con el roaming sin recargo en la UE, tienes derecho a llamadas y SMS ilimitados y al menos a 10,3 GB de datos (2 x (40 euros / 7,70 euros) = 10,3 GB).

Tu operador debe informarte del volumen de datos de que dispones con el roaming sin recargo. Si superas ese volumen mientras estés en itinerancia, el recargo corresponderá al límite máximo del precio mayorista, es decir 7,70 euros por GB de datos en 2017 (IVA no incluido), y 6 euros por GB (IVA no incluido) en 2018. El límite máximo disminuirá aún más a partir de 2018.

Límites de datos: paquetes nacionales con datos limitados

Si dispones de un volumen de datos limitado o una tarifa muy barata (menos de 3,85 euros por GB en 2017), tu operador puede aplicar un límite de “utilización razonable” al roaming. El límite se calcula sobre la base del precio minorista del paquete nacional de telefonía móvil, como en el caso de los datos ilimitados (véase más arriba). Tu operador debe informarte previamente sobre ese límite y avisarte si lo alcanzas. Ten en cuenta que puedes seguir consumiendo datos en roaming, pero tu operador aplicará un recargo. El recargo corresponderá al límite máximo del precio mayorista, es decir 7,70 euros por GB de datos en 2017 (IVA no incluido), y 6 euros por GB (IVA no incluido) en 2018. El límite máximo disminuirá aún más a partir de 2018.

Otros contratos

Los operadores también pueden ofrecer contratos sin servicios de roaming o contratos alternativos diseñados específicamente para el roaming con tarifas que quedan fuera del ámbito de la normativa de la “itinerancia como en casa” (por ejemplo, en caso de utilizar esos servicios fuera de la UE). Pero estas opciones deben quedar a elección del cliente. Los operadores de telefonía móvil pueden proponer tarifas más bajas, por lo que es aconsejable comparar ofertas para encontrar la que mejor se adapte a tus necesidades específicas.

Política de utilización razonable: control

De acuerdo con su política de utilización razonable, los operadores pueden controlar y comprobar tu actividad de roaming en los últimos cuatro meses. Si, durante ese periodo, has pasado más tiempo en el extranjero que en tu país y el roaming supera el uso nacional , tu operador puede ponerse en contacto contigo y pedirte que aclares tu situación. Tienes 14 días para hacerlo. Si sigues pasando más tiempo en el extranjero que en tu país y el roaming sigue superando tu consumo nacional, el operador puede empezar a aplicar un recargo a tu consumo en roaming. Los recargos (IVA no incluido) tienen los siguientes límites:

  • 3,2 céntimos por minuto de llamada de voz efectuada
  • 1 céntimo por SMS
  • 7,70 euros por GB de datos (2017)

El límite de datos disminuirá progresivamente el 1 de enero de cada año, a partir de 2018, del siguiente modo: 6 euros, 4,50 euros, 3,50 euros, 3 euros y 2,50 euros en 2022. A partir de 2019 se revisará el límite máximo de acuerdo con los mercados mayoristas de roaming.

Política de utilización razonable: trabajadores transfronterizos

Si trabajas en un país de la UE y vives en otro diferente, puedes elegir un operador de telefonía móvil de uno de los dos países y beneficiarte del roaming sin recargo con una tarjeta SIM del país donde vives o del país donde trabajas. La política de utilización razonable del roaming con tarifa nacional se aplica siempre que te conectes al menos una vez al día a la red nacional, ya que contará como día de presencia (aunque vayas al otro país ese mismo día).

Llamar desde el propio país / Roaming fuera de la UE

Las llamadas a otro país, perteneciente o no a la UE, desde el propio país no se consideran itinerancia, por lo que no se aplican las normas sobre el roaming con tarifa nacional. Debes tener en cuenta que los precios de estas llamadas no están regulados y pueden ser elevados.

Los precios del roaming (especialmente de los datos) fuera de la UE pueden ser muy caros. Para evitar facturas excesivas, consulta las tarifas antes de viajar.

Fotografía: Martinezld

Roaming en los viajes por barco o avión

Cuando viajes por barco o avión dentro de la UE, puedes utilizar el roaming sin recargos siempre que estés conectado a una red de telefonía móvil terrestre. Si los servicios móviles se prestan por satélite, no se aplica el roaming sin recargos y deberás abonar el coste de los servicios de roaming no reglamentado (sin límites de precios).

Protección de datos personales

Tu operador deben cumplir las normas vigentes sobre protección de datos personales y puede utilizar tus datos (ya en su poder para la facturación) con el fin de comprobar y comparar tu utilización del roaming con tu consumo nacional.

En caso de problemas: tus derechos como consumidor

Si crees que tu proveedor de servicios no ha respetado tu derecho al roaming sin recargos y te ha cobrado por servicios de roaming mientras viajabas dentro de la UE, ponte en contacto con él y utiliza el procedimiento de la reclamación existente para impugnar esos recargos.

Si no quedas satisfecho con la respuesta del operador, puedes contactar con el organismo nacional de reglamentación competente de tu país, normalmente la autoridad nacional reguladora de las telecomunicaciones, que se encargará de resolver el asunto.

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