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Ryanair intenta despistar en las redes: tergiversa qué dice la ley y omite el derecho a compensación

Traduce de forma incorrecta el reglamento europeo.La aerolínea inventa que los pasajeros afectados por sus cancelaciones sólo pueden efectuar “reclamaciones de gastos”.

Fotografía: Martínezld

FACUA-Consumidores en Acción denuncia que Ryanair intenta despistar en las redes sociales a los afectados por sus cancelaciones tergiversando el contenido de la legislación europea. La aerolínea está dejando sin respuesta multitud de consultas de pasajeros que preguntan por sus derechos tanto a compensaciones directas como a indemnizaciones si sufren daños económicos o morales. Y cuando contesta, la empresa inventa que los usuarios sólo pueden efectuar “reclamaciones de gastos”.

FACUA advierte de que en las contestaciones a los usuarios que preguntan en las redes por sus derechos, Ryanair omite que si les ha notificado las cancelaciones con no más de dos semanas de antelación, está obligada a abonarles compensaciones de 250 o 400 euros, según se trate de trayectos de hasta 1.500 kilómetros o de mayor distancia, respectivamente -la compañía no opera vuelos con más de 3.500 km, en las que corresponderían 600 euros-. Estas compensaciones no sustituyen, sino que se suman, a las indemnizaciones que deben recibir todos los pasajeros que hayan sufrido perjuicios económicos como consecuencia de los vuelos cancelados.

En la mayoría de sus respuestas, Ryanair viene ofreciendo a los usuarios un enlace a una sección de su web donde omite que tienen derecho a las citadas compensaciones económicas, además del pago de indemnizaciones que cubran la totalidad de los perjuicios económicos causados -los afectados también pueden reclamar daños morales, según reconoce la jurisprudencia europea-.

 

El reglamento, con una traducción incorrecta

Asimismo, FACUA denuncia que la web de Ryanair incluye un enlace a un fragmento del reglamento europeo del sector aéreo, pero con una traducción incorrecta que induce a error a los pasajeros y les da a entender que no podrán recuperar todo el dinero perdido: noches de hotel, entradas de conciertos, vuelos de conexión…

Así, lo que la versión en castellano del Reglamento Europeo CE 26172004 llama “compensación”, Ryanair lo denomina “indemnización”, con lo que lleva a creer a multitud de usuarios que sólo pueden reclamar un máximo de 250 o 400 euros -según el número de kilómetros de los vuelos-, aunque los perjuicios sufridos hayan sido mayores. De hecho, cuando Ryanair contesta en Twitter a preguntas sobre las “compensaciones”, se refiere a ellas como “reclamaciones de gastos”.

FACUA ha pedido a la Agencia Estatal de Seguridad Aértea (AESA) del Ministerio de Fomento que sancione de forma contundente a Ryanair por la cancelación masiva de vuelos y también por el incumplimiento de su obligación de informar a los pasajeros de sus derechos, tal y como le impone el reglamento comunitario del sector aéreo.

El reglamento establece en su considerando 20 que las compañías aéreas “deben informar exhaustivamente a los pasajeros de los derechos que les asisten en caso de denegación de embarque y cancelación o gran retraso de los vuelos para que así puedan ejercerlos eficazmente“, algo que Ryanair viene incumpliendo de manera evidente.

 

 

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