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La madrugada del domingo, 30 de marzo, los relojes se adelantan una hora al comenzar la “hora de verano” .

La madrugada del próximo domingo, día 30 de marzo, comienza la “hora de verano”. Los relojes deberán adelantarse una hora (a las 02:00 serán las 03:00) en cumplimiento de la Directiva Comunitaria 2000/84/CE que rige el denominado “cambio de hora”.

cambio-de-hora-1024x768El cambio de hora se produce, como es habitual, al iniciarse el último domingo de marzo. A las 2 de la madrugada hora peninsular del domingo 30 de marzo habrá que adelantar el reloj hasta las 3  (la 1 de la madrugada en Canarias pasará a ser las 2), con lo que este día tendrá, oficialmente, una hora menos.

El cambio de hora comenzó a generalizarse, aunque de manera desigual, a partir de 1974, cuando se produjo la primera crisis del petróleo y algunos países decidieron adelantar sus relojes para poder aprovechar mejor la luz del sol y consumir así menos electricidad en iluminación. Se aplica como Directiva desde 1981 y ha sido renovada sucesivamente cada cuatro años.

Desde la aprobación de la Novena Directiva, por el Parlamento  Europeo y Consejo de la Unión, en enero de 2001, este cambio se aplica con carácter indefinido. Dicha Directiva está incorporada al ordenamiento jurídico español por Real decreto 236/2002, de 1 de marzo.

El carácter indefinido de la aplicación del cambio de hora se ha  adoptado por entenderse que el buen funcionamiento de algunos sectores, no sólo el de los transportes y las comunicaciones, sino también otras ramas de la industria, requiere una programación estable a largo plazo.

La Novena Directiva -de obligado cumplimiento para todos los países de la Unión Europea- establece con carácter permanente las fechas de inicio del periodo de la hora de verano (en el que, como ahora, adelantamos el reloj una hora) y su finalización (cuando retrasamos el reloj una hora), produciéndose el último domingo del mes de marzo y el último domingo del mes de octubre, respectivamente.

Es decir, la Novena Directiva ha sido dictada con vocación de permanencia, de modo que todos los ciudadanos e instituciones, públicas y privadas de la Unión conozcan anticipadamente las fechas del cambio horario anual y planificar su actividad sin necesidad de esperar ninguna norma  futura.

Texto: http://www.lamoncloa.gob.es

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