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Los afectados por el incendio del tren Expreso de la Robla pueden reclamar indemnizaciones, señala FACUA

Un fallo en el cuadro eléctrico del coche-cama número tres ha causado daños importantes en el vagón y en el número dos, así como a las pertenencias de los viajeros que se alojaban en ellos.

expreso la roblaFACUA-Consumidores en Acción señala que los pasajeros afectados por el incendio de uno de los vagones del tren Expreso de la Robla, un ferrocarril turístico operado por Renfe que cubre la llamada Ruta del Peregrino -desde Oviedo a Ferrol con vuelta a la capital asturiana-, pueden reclamar indemnizaciones por los daños y perjuicios sufridos.

El pasado 28 de agosto, mientras se encontraba estacionado en Ferrol, un incendio en el cuadro eléctrico del coche-cama número tres causó importantes daños en el vagón, así como en el coche número dos, que necesitó la intervención de los bomberos para la extinción de las llamas. Los 38 pasajeros del ferrocarril se encontraban en ese momento en Santiago de Compostela realizando una visita turística, pero las pertenencias de muchos de los viajeros se vieron igualmente dañadas por las llamas y el humo.

Según han denunciado los afectados, Renfe apenas les ofreció inicialmente información sobre el incidente, sobre el estado de sus enseres o sobre cómo pensaba solventar la situación. La madrugada del 28 el tren debía realizar su último recorrido hasta Oviedo, donde finalizaba el trayecto y los viajeros continuaban su viaje de vuelta a sus hogares o a algún otro destino. Finalmente, Renfe les alojó en un hotel de Ferrol y los ha trasladado hasta la capital asturiana en autobús.

 

Derecho a indemnización

En este sentido, FACUA señala que los afectados tienen derecho a percibir indemnizaciones por los daños que hayan sufrido, tanto materiales -como las pertenencias que hayan quedado dañadas- como morales.

La asociación recuerda que el artículo 128 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge que “todo perjudicado tiene derecho a ser indemnizado en los términos establecidos en este Libro por los daños o perjuicios causados por los bienes o servicios”, mientras que el 147 establece que “los prestadores de servicios serán responsables de los daños y perjuicios causados a los consumidores y usuarios”.

De igual forma, el artículo 1.101 del Código Civil estipula que “quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquellas”.

Por otro lado, FACUA advierte de que los pasajeros también pueden reclamar la devolución del precio de los billetes. Así, el artículo 1.124 de la citada normativa establece “la facultad de resolver las obligaciones se entiende implícita en las recíprocas, para el caso de que uno de los obligados no cumpliere lo que le incumbe. El perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos”.

 

Tren en mal estado

Los pasajeros también han denunciado que el Expreso de la Robla presentaba unas condiciones inadecuadas y un aparente mal estado de conservación desde el inicio del viaje. Así, uno de los viajeros ha relatado que tuvo que ser reubicado de compartimento hasta en dos ocasiones, debido a los problemas eléctricos que presentaba el vagón.

De igual forma, también llegaron a poner en conocimiento de los trabajadores del tren que había secciones del suelo de los vagones que estaban hundidas, o que la distancia entre los escalones de bajada del tren y el andén no era la más adecuada, pudiendo poner en peligro la seguridad de los pasajeros.

 

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