
Montserrat ha celebrado que se pidan a la Comisión Europea medidas para que las compañías aéreas no cobren extras por llevar equipaje de mano y acabar con las prácticas abusivas de algunos operadores, protegiendo así a los consumidores.
En el informe, se recuerda que, según la sentencia del TJCE en el asunto C-487/12, el equipaje de mano debe considerarse un “aspecto necesario” del transporte de pasajeros, a condición de que dicho equipaje cumpla “requisitos razonables” en cuanto a su peso y dimensiones.
Por lo tanto, señala el informe, su transporte no puede estar sujeto a un suplemento de precio, pues la “libertad de precios” de las compañías aéreas no incluye la tarificación del equipaje de mano
Por todo ello, se insta a los Estados miembros a que garanticen el respeto de esta sentencia y, mientras tanto, a que se esfuercen por lograr la transparencia sobre cualquier tasa cobrada por el equipaje de mano para reforzar la protección de los consumidores.