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FACUA exige indemnizaciones a Ryanair al no facturar equipajes por la huelga de su personal en Madrid

El paro dura ya 20 días. La compañía no puede alegar que se trata de un supuesto de causa mayor para evitar hacer frente a las compensaciones en este caso, dado que una huelga de personal propio no es un suceso ajeno e imprevisible a su actividad.

Ryanair foto martinezldFACUA-Consumidores en Acción exige a Ryanair que compense a los usuarios afectados por la huelga de personal de handling de la compañía en el aeropuerto de Madrid como si se tratase de cancelaciones de los vuelos programados.

La compañía está avisando a los usuarios cuyo origen o destino es Madrid de que, mientras dure la huelga del personal que maneja el equipaje en tierra, no permite facturar maletas. Como alternativa, la empresa ofrece la posibilidad de llevar dos bultos como equipaje de mano, pero para aquellos usuarios para los que el traslado del equipaje facturado es imprescindible, no ofrece ninguna opción más allá de la posibilidad de cancelar el vuelo y recuperar el importe que gastó en el mismo.

La asociación considera que esto no es suficiente y que Ryanair debe indemnizar a los usuarios por los perjuicios que esta cancelación conlleva, como puede ser el incremento de importe que conlleva buscar un traslado alternativo para el mismo trayecto en un corto espacio de tiempo.

FACUA recuerda que la compañía no puede alegar que se trata de un supuesto de causa mayor para evitar hacer frente a las compensaciones, dado que una huelga de personal propio no es un suceso ajeno e imprevisible a su actividad. Así está reconocido en la jurisprudencia española, advierte la asociación.

Además, la huelga de los trabajadores de handling de Ryanair es indefinida, y se mantiene desde hace veinte días (comenzó el pasado 30 de mayo), por lo que la empresa ha tenido tiempo de articular una respuesta para poder compensar a los usuarios afectados.

Por todo esto, FACUA considera que los usuarios deben exigir su derecho a las compensaciones establecidas en el Reglamento 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo y, en su caso, a la indemnización de los daños y perjuicios causados por la cancelación (que la compañía permite hacer) de su vuelo. Si la compañía no cumple con el servicio de facturación y traslado del equipaje y este resulta imprescindible para el usuario, FACUA recuerda que la situación es equiparable a una cancelación.

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