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Convocatoria 2011-2012 de Becas de Idiomas en zonas mineras del carbón

Abierta la convocatoria 2011-2012 de “Becas Idiomas” para la realización de estudios relativos al aprendizaje y perfeccionamiento de idiomas, hasta el 31/01/2012.

La Fundación para el Desarrollo de la Formación en las Zonas Mineras del Carbón lanza la convocatoria del Programa de Becas de Idiomas en Zonas Mineras del Carbón por el que se financia la realización de estudios de idiomas para jóvenes y trabajadores menores de 30 años.

OBJETO DEL PROGRAMA

1. El objetivo de este Programa es facilitar el aprendizaje y perfeccionamiento de aquellos idiomas de la Unión Europea que en su conjunto representan las lenguas habladas por la inmensa mayoría de sus habitantes. Asimismo, se persigue que la realización de los cursos se haga en aquellos países de la Unión Europea, que permitan al alumno familiarizarse no sólo con la lengua, sino también con las costumbres y la cultura en el propio lugar de origen de dichos idiomas. Estos curso se podrán realizar, además, en España en régimen de internado y en régimen abierto de acuerdo con las bases de esta convocatoria.

Los países y lenguas que son objeto preferente del programa se detallan en la siguiente tabla (1):

PAÍS                            IDIOMAS

REINO UNIDO            Inglés

IRLANDA                    Inglés

FRANCIA                    Francés

ALEMANIA                 Alemán

ITALIA                        Italiano

ESPAÑA                     Inglés/Francés/Alemán/Italiano

(1) Se podrá solicitar, también, la realización de cursos de otros idiomas y/o países distintos a los indicados. En estos casos se deberá presentar la documentación justificativa que acredite los motivos de la petición. El Patronato de la Fundación estudiará las solicitudes y podrá conceder hasta un máximo de un 3% del total de las becas adjudicadas.

2. El número de ayudas que se concederán será de 1.100 becas para cursos de idiomas en el extranjero y 250 para cursos de idiomas en España.

 

 

 

RÉGIMEN FISCAL DE LAS BECAS

Debe advertirse que la Fundación, de conformidad con el criterio establecido por la Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda, en contestación de 27 de julio de 2005 a la consulta tributaria planteada por dicha Fundación, practicará en cada pago la retención a cuenta del I.R.P.F. que en aplicación de lo prevenido en su normativa reguladora corresponda efectuar sobre el importe íntegro adjudicado.

La Fundación pondrá a disposición de los beneficiarios de las becas, antes de la apertura del plazo de comunicación o declaración del I.R.P.F., certificación acreditativa de las retenciones practicadas e ingresadas en el Tesoro.

 

NORMAS GENERALES PARA LOS DISTINTOS TIPOS DE BECAS (EXTRANJERO Y ESPAÑA EN RÉGIMEN DE INTERNADO Y RÉGIMEN ABIERTO)

 

BENEFICIARIOS

Los destinatarios de estas ayudas son los hijos y huérfanos menores de 30 años, a 30 de noviembre de 2011, y mayores de 12 años, a 30 de enero de 2012, (en el caso de programas en el extranjero) y de 10 años, a 30 de enero de 2012, (en el caso de programas en España), del personal procedente de reestructuraciones laborales en la minería del carbón y de trabajadores del sector activos y pasivos.

Igualmente, pueden ser solicitadas por los propios trabajadores menores de 30 años, a 30 de noviembre de 2011, del sector de la minería en activo.

Todos los mencionados en los dos párrafos anteriores podrán solicitar estas becas, independientemente de su lugar de empadronamiento, sin perjuicio de la distinta baremación que proceda según éste.

También podrán ser beneficiarios las personas menores de 30 años, a 30 de noviembre de 2011, y mayores de 12 años, a 30 de enero de 2012, (en el caso de programas en el extranjero) y de 10 años, a 30 de enero de 2012, (en el caso de programas en España), empadronadas con fecha anterior a la publicación de esta convocatoria o cuyo domicilio familiar se encontrara con fecha anterior a la publicación de esta convocatoria en uno de los municipios cubiertos por el Programa, recogidos en los anexos y correspondientes a los grupos 1 y 2 del Plan de la Minería del Carbón.

 

Los solicitantes deberán acreditar la formalización de la matrícula o inscripción en los cursos a que se refieren las presentes ayudas mediante certificado original del centro, siendo requisito de admisibilidad este extremo.

 

PROCEDIMIENTO Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 31 de enero de 2012, no pudiendo remitirse con posterioridad a esta fecha ningún tipo de documentación adicional, excepto la solicitada por la Secretaría.

Toda la documentación deberá presentarse en original o mediante copia compulsada.

Los solicitantes de las becas deberán presentar su solicitud -enviada por correo certificado con acuse de recibo-, antes de la fecha límite fijada, dando el matasellos de correos fe de la fecha, a la Secretaría Técnica y Administrativa del Programa de Ayudas y Becas de la Fundación para el Desarrollo de la Formación en las Zonas Mineras del Carbón (C/ Velázquez nº 130-bis, (bloque III) – 1ª pl. 28006 Madrid), o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.

Los solicitantes residentes en las CCAA del Principado de Asturias y de Castilla y León podrán también entregar en mano la documentación en los Puntos de Información del Programa, ubicados en las siguientes direcciones:

 

Punto de Información del Programa de Ayudas y Becas en Zonas Mineras del Carbón

Subdelegación del Gobierno en León

Plaza de la Inmaculada nº 6.

24001 León

 

Punto de Información del Programa de Ayudas y Becas en Zonas Mineras del Carbón.

Consejo Comarcal del Bierzo

Avenida de la Minería s/n – 3ª planta

24400 Ponferrada (León)

 

Punto de Información del Programa de Ayudas y Becas en Zonas Mineras del Carbón.

Delegación del Gobierno en Asturias

Plaza de España nº 6 – bajo.

33071 Oviedo

 

La Fundación para el Desarrollo de la Formación en las Zonas Mineras del Carbón actúa de manera autónoma, por lo que ninguna entidad o institución podrá tener carácter de centro colaborador de ésta.

 

DOTACIÓN

 1. Las ayudas comprenderán los conceptos que a continuación se relacionan para cada tipo de curso, con las cuantías máximas que se especifican:

1.1. Cursos de idiomas en el extranjero. Los gastos cubiertos por esta ayuda serán los costes del curso de idiomas, los costes de estancia y desplazamiento al país elegido, según tabla indicada en objeto del programa, con una dotación máxima de 2.725,00 euros.

1.2. Cursos de idiomas en España en régimen de internado. Para los cursos en régimen de internado, se cubrirán los costes derivados del curso de idiomas y de la estancia, con una dotación máxima de 1.310,00 euros.

1.3. Cursos de idiomas en España en régimen abierto. Para los cursos en régimen abierto, los gastos cubiertos exclusivamente serán los derivados del coste del curso de idiomas, con una dotación máxima de 1.135,00 euros.

 

CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Y REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DE LAS SOLICITUDES

 Para que una solicitud pueda ser considerada admisible y pasar así al proceso de evaluación, deberá cumplir los siguientes requisitos:

1. Presentar la solicitud en el modelo de formulario oficial, totalmente cumplimentado, hasta el 31 de enero de 2012, dando el matasellos de correos fe de la fecha de envío, o el registro de los Puntos de Información del Programa en Oviedo, León y Ponferrada. Con posterioridad a esta fecha no se admitirá ningún tipo de documentación adicional, excepto la solicitada por la Secretaría

2. Adjuntar copia del D.N.I o Tarjeta de Residencia.

3. Responder al perfil de “beneficiario” conforme a lo especificado en el apartado de BENEFICIARIOS acreditando, según lo requerido en cada caso:

Edad: (mediante copia del D.N.I.)

· Vinculación con la minería: mediante certificado de minería justificativo de cotización por la persona principal de la unidad familiar al Régimen Especial de la Minería del Carbón en la actualidad o en el momento de la Prejubilación/Jubilación, (de acuerdo con el modelo que se recoge en anexos), condición de hijo o huérfano de la persona vinculada a la minería (por medio de una fotocopia del libro de familia, donde conste el matrimonio y el solicitante), condición de viudo/a o cónyuge (por medio de la oportuna documentación que acredite la relación del solicitante con la persona vinculada a la minería).

· Empadronamiento en uno de los municipios cubiertos por el Programa, recogidos en los anexos y correspondientes a los grupos 1 y 2 del Plan de la Minería del Carbón.: mediante certificado de empadronamiento, donde conste la fecha de alta en el mismo.

Aportar documentación acreditativa de la formalización de la matrícula o inscripción en los cursos a los que se refieran las ayudas, mediante certificado expedido por el centro docente donde se realizará el curso de idiomas, en el que deberán indicarse claramente: los datos personales del solicitante, los estudios que se pretenden realizar, las fechas de inicio y finalización del curso, el nº de semanas, el nº de horas lectivas, los días lectivos y los costes derivados del curso (con desglose de los importes correspondientes a cada coste del mismo).

Los cursos de idiomas, en la modalidad de extranjero y régimen de internado, deberán tener lugar dentro del período comprendido entre el 25 de junio y el 29 de septiembre de 2012.

En el caso de realización de cursos de idiomas en el extranjero, éstos deberán tener una duración mínima de 4 semanas.

En el caso de realización de cursos de idiomas en España en régimen de internado, éstos deberán tener una duración mínima de 3 semanas.

Los cursos de idiomas en la modalidad de régimen abierto, en España, se podrán realizar en el periodo comprendido entre los meses de mayo y octubre de 2012.

En el caso de cursos en España en régimen abierto éstos no deberán tener una duración inferior a 2 meses y 100 horas lectivas. En cualquier caso, los estudios deberán realizarse en centros debidamente acreditados.

5. Presentar certificación académica completa del curso 10/11 (especificando todas las asignaturas y calificaciones), salvo en circunstancias especiales como accidente o enfermedad (debidamente acreditadas documentalmente), en las que se presentará la certificación académica del último curso realizado. No se aceptarán aquellas solicitudes que presenten una nota media inferior a 4,5 en el curso 2010-2011.

6. No haber disfrutado de una beca de este tipo otorgada por la Fundación para el Desarrollo de la Formación en las Zonas Mineras del Carbón en tres convocatorias consecutivas y/o alternas.

Además de estos requisitos básicos, se deberá presentar la justificación documental necesaria relativa a otras circunstancias o méritos y que permitirán, la asignación de puntuaciones para llegar a la valoración final de la solicitud. Esta documentación puede ser:

Orfandad absoluta del solicitante, conforme a la legislación vigente: mediante documento que acredite la defunción de los padres o la pensión de orfandad absoluta.

Renta familiar: mediante declaración conjunta de la renta del año 2010 presentada a la Agencia Tributaria con todas las páginas debidamente selladas por la entidad donde fue presentada o certificado expedido por la Agencia Tributaria donde consten los ingresos íntegros así como los miembros que componen la unidad familiar. En el caso de enviar declaraciones individuales en unidades familiares que no justifiquen fallecimientos o separaciones matrimoniales, se enviarán ambas declaraciones, no siendo válidas cuando sólo se envíe una de ellas.

En los casos de exención de presentación de la declaración de la renta, se deberá aportar certificado de exención emitido por la Agencia Tributaria junto con el certificado de retenciones expedido por la empresa relativo al año 2010, o el certificado expedido por la Seguridad Social/Mutua en el que queden acreditados los ingresos íntegros percibidos en concepto de pensión o el certificado de percepciones expedido por el INEM. Los prejubilados que presenten certificación de las percepciones del INEM deberán aportar, además, el complemento de la empresa en el periodo en que las perciben.

Cualquier documento distinto de los anteriores NO será considerado válido a efectos de ponderación

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